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MATRICULACIÓN DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO

  • Foto del escritor: Fushjiko Beat
    Fushjiko Beat
  • 16 nov 2022
  • 3 Min. de lectura

Lo primero es que se debe solicitar una nueva tarjeta de inspección técnica, que se hace en una estación o centro de ITV (Inspección Técnica de Vehículos). Para esto es necesario

  • Buscar el centro de ITV que te corresponde.

  • Acudir con el permiso de circulación.

  • Presentar la ficha técnica anterior de tu vehículo.

  • Disponer del COC -> Certificado de conformidad europeo

Certificado de conformidad se entrega al comprar el coche nuevo directamente en el concesionario, mejor conocida como ficha técnica reducida. Es un documento oficial necesario para la matriculación de un vehículo extranjero en España o de un vehículo español en el extranjero. Sólo el constructor puede emitirlo (original o duplicado). Una vez tengas tu nueva tarjeta de inspección técnica, podrás iniciar el proceso de rearticulación del coche. ¡Estos son los requisitos!

  • Descargar y llenar la solicitud que tendrás que presentar en impreso oficial.

  • Identificación del titular del vehículo:

  • Si se trata de personas físicas: Algún documento que acredite tu identidad y lugar de residencia como DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia o pasaporte más NIE en caso de ser extranjero.

  • Si es una persona jurídica: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del firmante del documento.

  • Justificante del pago de la tasa correspondiente de matriculación de la DGT.

  • Permiso de circulación del vehículo.

  • Las tarjetas de la ITV nueva y antigua.

  • Justificante de cambio de domicilio, aunque en el impreso de la solicitud podrás autorizar la consulta del sitio de residencia en el padrón, y así no tendrás que presentar este otro documento.

Es importante que sepas que este es un trámite que se hace consignado, presencialmente, con toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico y para ello deberás solicitar una cita previa.

¿CUÁNTO CUESTA REMATRICULAR UN COCHE? Aunque en la DGT se indica que tendrás que pagar la tasa 1.1 de 97,80 euros o la 1.2 de 27,30€ para los ciclomotores, hay que añadir otros costes. Estos hacen aumentar el total en euros a cantidades que van entre los 160 y los 200 euros.


  • La ITV tiene un coste que varía de acuerdo al tipo de vehículo y su motor. Se encuentra normalmente entre los 40 y los 60 euros. La información precisa se te facilitará en tu centro de inspección.

  • La nueva tarjeta de ITV cuesta otros 20 euros.

  • La placa nueva cuesta otros 20 euros.

Supuesto especial: Importación de vehículos Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación en función de si el vehículo es nuevo o usado y de dónde proceda:

a) Vehículos nuevos (no matriculados anteriormente):

Adquiridos en la Unión Europea e Irlanda del Norte:

  • Justificante del pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA

  • Ficha técnica expedida por la ITV.

Adquiridos en países fuera de la UE:

  • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.

  • Ficha técnica expedida por la ITV.

b) Vehículos usados:

Adquiridos en la UE e Irlanda del Norte:

  • Documentación original del vehículo.

  • Ficha técnica expedida por la ITV.

  • Documento que justifique el pago correspondiente en hacienda:

  • Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.

  • Si el vehículo adquieres a una compraventa de país distinto de España, se tienes que aportar factura en la que figure el número de IVA.

  • Si el vehículo lo adquieres a una compraventa española, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.


Adquiridos en países fuera de la UE:

  • Documentación original del vehículo.

  • Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.

Los vehículos, nuevos o usados, procedentes de Reino Unido, salvo Irlanda del Norte, importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 deberán cumplir los requisitos aplicables a vehículos adquiridos fuera de la UE. En el caso de que el vehículo tenga la condición de estatuto de la UE, serán aplicables los requisitos requeridos para vehículos adquiridos en la UE siempre y cuando se presente el certificado emitido por la AEAT que acredite esta condición.

 
 
 

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